jueves, 27 de junio de 2013

ABOGADO PARTICULAR MÁS JUSTICIA GRATUITA

Autor del artículo:
Adrián Ochoa Mier
¿Sabías que un cliente puede contratar a su abogado de confianza y a la vez ser beneficiario de la justicia gratuita?
Esta es una opción bastante desconocida por la gente, incluso por los profesionales que nos dedicamos a este mundo, pero el artículo 28 de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita, prevé para la persona que haya sido beneficiada con el derecho a la justicia gratuita, que pueda designar libremente  a su abogado y a su procurador. 
¿Cuáles son las ventajas de esta elección? 
Tendrá la seguridad que ser defendido por su abogado particular en lugar de por uno designado de oficio, pero disfrutando de  otras prestaciones de la justicia gratuita recogidas en el artículo 6 de la Ley. Entre ellas destacamos las siguientes:
  • NO tiene que pagar TASAS JUDICIALES.
  • Tiene derecho a solicitar PERITAJES GRATUITOS.
  • Dispondrá de una REDUCCIÓN DEL 80% en NOTARÍA Y REGISTROS para tu caso.
  • Y la más importante: NO PAGARÁ COSTAS en caso de perder un juicio arriesgado. 
 

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