jueves, 26 de junio de 2014

ESTUDIAR UN CASO JURÍDICO PENAL (IV): PRUEBAS Y ESTUDIO


En el futuro analizaré cómo trabajar un caso penal de principio a fin, sin limitarnos, como ahora, a su mero estudio. Ahora terminaré la serie de artículos dedicada al estudio de un caso penal explicando los últimos apartados que incluye la ficha de trabajo descargable que ofrecí hace dos entradas

PRUEBAS QUE HAY QUE REUNIR: Montada provisionalmente nuestra teoría del caso en el apartado de los antecedentes y la estrategia que vamos a seguir, anotaremos desde la primera visita o asistencia qué pruebas necesitamos reunir para probarla, a fin de hacernos con ellas cuanto antes, sin esperar a que se nos olviden, se deterioren, o perdamos la ocasión de hacernos con ellas (quizá el cliente pierda contacto con testigos que puede conseguir en un primer momento, quizá éstos no recuerden bien los hechos o no quieran colaborar cuando el asunto se haya enfriado, quizá se cierre la investigación antes de que hayamos propuesto al Juzgado que consiga documentos o pericias necesarios para nuestra defensa…). Si la teoría del caso se modifica con el estudio o el desarrollo de la instrucción, retocaremos este apartado.

PUNTOS CLAVE DE FONDO Y PROCESALES: Se trata del estudio del caso propiamente dicho. En la primera visita del cliente, o bien tras su asistencia policial o judicial, anotaremos los puntos clave, tanto de fondo (elementos del tipo dudosos, agravantes, atenuantes, requisitos de procedibilidad…) como procesales, de cuya diferente interpretación dependerá una decisión judicial favorable o desfavorable a los intereses del cliente. 

FICHA DE REPASO DE POSIBLES CIRCUNSTANCIAS A TENER EN CUENTA EN EL ESTUDIO DEL CASO: Este último apartado de la ficha descargable incluye el repaso de una multitud de circunstancias que podrían tener influencia en el caso, para evitar que se nos pase alguna de ellas en la que no hayamos pensado en un principio. Ejemplos:

- La necesidad de denuncia del ofendido si es un caso de impago de pensión de alimentos. Puede ocurrir, por ejemplo, que haya denunciado la madre del alimentado pero que éste sea mayor de edad y que sea necesario que él ratifique la denuncia contra su padre, cosa que igual no está dispuesto a hacer.

- La posibilidad de perdón del ofendido en un caso de revelación de secretos si alguien ha entrado sin permiso en una cuenta de correo electrónico y ha difundido su contenido, lo que ha motivado la denuncia. Podría solucionarse el caso mediante una indemnización a cambio del perdón.

- Una muy corriente: que el código penal (y no sólo el delito concreto de que se trate) tuviera una redacción más favorable para el cliente en el momento de los hechos imputados que en el presente.

Lo adecuado es repasar el listado, borrando de él los apartados que no tienen interés para el caso y estudiar a continuación los que sí nos puedan servir, comprobando la repercusión que tendría su aplicación en la pena.