miércoles, 18 de diciembre de 2013

EJEMPLO DE ESTUDIO DE UN CASO JURÍDICO CIVIL

Al trabajar un caso jurídico hay que recoger los datos, estudiar el caso y definir una estrategia preliminar (después de incluir una serie de datos burocráticos cuya utilidad analizaremos en otras entradas del blog). Yo lo hago en un archivo Word al que llamo “Ficha del cliente”. Aquí tienes un ejemplo sumamente escueto (los hechos están reducidos al mínimo y en el estudio de los puntos clave no he incluido los artículos, sentencias y citas doctrinales estudiadas por no cansar, pero en la práctica sí los incluyo).

 FICHA DEL CLIENTE
FECHA
APERTURA
Nº GENERAL
CIVIL
PENAL
MATR
OTROS


NOMBRE

TELÉFONO

ASUNTO




EMAIL

DOMICILIO


 

PRESUPUESTO Y PAGOS: Ver Presupuesto 1/2013.
1ª Instancia: 1.500 euros.
Apelación en su caso: 500 euros.
Provisión: 300 euros.
Pagos mensuales desde provisión: 200 euros.



ANTECEDENTES (siguiendo los hechos y documentos por orden cronológico):

12/marzo/2008: Dª. Engracia visitó el piso piloto de la promotora BELLAVISTA SA y entregó al encargado 1000 euros, recibiendo a cambio un documento que reconoce la entrega del dinero y declara que se le reserva la vivienda del bloque 1, 5º A de la promoción Urb. Bellavista, por el precio total de 100.000 euros.
20/junio/2010: Se termina por fin la construcción. La promotora comunica que el precio ha subido a 150.000 euros, porque han tenido muchos gastos imprevistos. Dª. Engracia pretende hacer valer su documento, de dos líneas, y la promotora le responde que eso es solo un contrato de reserva y que la compraventa es la escritura, de veinte páginas, que puede firmar en la notaría abonando 150.000 euros. Además, esa reserva no está firmada por el administrador de la promotora, sino por un mero empleado que no es representante legal de la empresa.

 ESTUDIO DE LOS PUNTOS CLAVE (de fondo y procesales) DEL CASO:
(En este ejemplo no incluyo los artículos, sentencias y citas doctrinales estudiados. En la práctica sí lo hago)

 1º) ¿Cuándo se perfecciona la compraventa?: Cuando se llega a un acuerdo en la cosa concreta y el precio.

2º) ¿Qué eficacia tiene ese “contrato de reserva” en comparación con la escritura?: El documento de “reserva”, de dos líneas, sirve como prueba del contrato de compraventa, pues muestra un acuerdo sobre la cosa que se vende y el precio de venta. El resto de cláusulas, si no han sido definidas en el momento de la perfección, se integran aplicando las normas del código civil al respecto, que son supletorias ante el silencio de las partes. La escritura es solo una formalidad posterior, necesaria para la inscripción de la finca a nombre de la compradora.

3º) ¿Tiene poder para obligar a la empresa un mero empleado que no es administrador ni apoderado? ¿Está, por tanto, legitimada pasivamente la promotora para ser demandada, o debo demandar al empleado?: Los empleados de la empresa vinculan a ésta y responderán frente a ella de los excesos cometidos en las funciones encomendadas, sin que un exceso en sus funciones o poderes perjudique al tercero que ha contratado de buena fe.

ESTRATEGIA

1º) Intentar una reunión con el abogado de la promotora para exponerle los argumentos jurídicos que dan validez de compraventa al “documento de reserva”, con jurisprudencia al respecto.

2º) Si no es posible o no se llega a un acuerdo extrajudicial, interponer la demanda. En la audiencia previa pedir la declaración testifical del empleado que recibió la señal y firmó la “reserva” con el sello de la empresa, para demostrar que entre sus funciones de empleado estaba actuar en nombre de la empresa para cerrar las ventas con los clientes, aunque careciera de un apoderamiento notarial.

 

martes, 3 de diciembre de 2013

CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Si quiere calcular la pensión de alimentos que puede tocarle pagar o que desea reclamar, el Consejo General del Poder Judicial acaba de sacar una tabla o baremo que puede ayudarle a determinarlo.

¿A QUIÉN INTERESA? A quien tenga hijos no independizados económicamente y prevea su separación o divorcio, anulación del matrimonio, separación no matrimonial o una reclamación de paternidad.

¿SON DE APLICACIÓN OBLIGATORIA? No, son orientativas. Pero al estar redactadas por el Consejo General del Poder Judicial serán muy tenidas en cuenta en cualquier juzgado.

DEPENDE DE SI LA CUSTODIA ES COMPARTIDA O NO: La cantidad es diferente según que la custodia sea compartida o no, pero la custodia compartida de momento solo está prevista, en la mayor parte del territorio español, si la demanda se plantea de mutuo acuerdo por ambos cónyuges. Es compartida cuando los hijos van a vivir aproximadamente la mitad del tiempo con un progenitor y la otra mitad con el otro (una semana, o un mes, o un trimestre o semestre con cada uno, por ejemplo).

PENSIÓN MÍNIMA: La pensión mínima que dispone el baremo (entre 120 Y 180 €/mes/hijo según la Comunidad Autónoma y ciudad de que se trate) presupone que el cónyuge obligado a abonar la pensión gana al menos 700 euros al mes, aunque en la práctica gane menos. 

¿QUÉ NO INCLUYE? Para llegar a un acuerdo que evite un juicio contencioso hay que tener en cuenta que el baremo no incluye:

     . EL CÁLCULO DE PENSIÓN COMPENSATORIA para el caso de que un cónyuge necesite ayuda económica del otro durante un tiempo, por quedar, a raíz del divorcio, en una situación económica muy desventajosa respecto del otro (caso típico: un cónyuge obtiene ingresos por trabajo y el otro no).

     . GASTOS DE VIVIENDA Y EDUCACIÓN: El juez puede añadir a lo calculado un suplemento porque uno de los progenitores tenga un gasto desproporcionado con respecto del otro en cuanto a vivienda (hipoteca, alquiler), gastos educativos, médicos o derivados de necesidades especiales del menor (lo que suelen llamarse gastos extraordinarios). 

CÁLCULO AUTOMÁTICO: Si quiere calcular la pensión de alimentos que correspondería en su caso particular, éste es el enlace:
http://pensionesaa.poderjudicial.es/pensionesaa/. Al incluir los ingresos no olvide que se tienen en cuenta los netos, no los brutos. Hay que prorratear en 12 mensualidades las pagas extras, pluses, bonos por objetivos…

INFORME COMPLETO SOBRE MI DIVORCIO: Si quiere que ponderemos para usted en qué situación podría quedar en un acuerdo o un juicio, incluyendo no solo el cálculo de la pensión de alimentos sino además los conceptos no contemplados por el baremo, las diversas posibilidades de custodia, etc., puede obtener un informe completo por 100 €. La vía de contacto es contacto@abogadosporvocacion.com, o bien 
mc.contreras@hotmail.com.